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Renar implementó la cédula azul digital

  • Foto del escritor: TiroFederalLaRioja
    TiroFederalLaRioja
  • hace 5 días
  • 2 Min. de lectura

El Plan de Transformación Digital del Registro Nacional de Armas no se detiene. Ahora ha desarrollado e implementado en la plataforma mirenar.minseg.gob.ar el nuevo módulo de “Préstamo de Armas”, también denominado “Cédula Azul Digital”.

Con la puesta en marcha de las credenciales digitales, se originaba una traba para una de las posibilidades que ofrece nuestra ley de armas. Ya no se podía circular, sin temor a disgustos, con un arma prestada en los casos de que su titular no tuviera una credencial física.


Este nuevo desarrollo no solo viene a resolver este problema, sino que asegura a la comunidad que tanto el titular como el receptor son legítimos usuarios de armas debidamente registradas.


El marco normativo

El préstamo de armas está autorizado por el artículo 62 del Anexo I al Decreto Reglamentario Nº 395/75 de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20429.


Posteriormente el artículo 1 de la Ley 24492 lo extiende a todo tipo de armas cuando dice: “Prohíbese la transmisión de todo tipo de armas de fuego, cualquiera fuese su clasificación, ya sea a titulo gratuito u oneroso, a quien no acredite su condición de legitimo usuario por medio de la credencial oficial y única otorgada por el Registro Nacional de Armas.”


El nuevo módulo que habilita el préstamo de armas no cambia el marco normativo, pues tanto el tenedor como el receptor deben ser Legítimos Usuarios vigentes. Igualmente que hasta ahora ambos usuarios deben ser de la misma categoría o superior, según el tipo de material que se preste.


Cómo funciona

Todo se realiza desde la aplicación MIRENAR en MIARGENTINA. Allí el tenedor y titular del arma debe seleccionar mediante CUIT/CUIL en el sistema al receptor. Luego la operación debe ser confirmada digitalmente por ambos legítimos usuarios.

Durante el plazo de vigencia, las armas prestadas figurarán en el perfil del receptor tanto en el portal mirenar.minseg.gob.ar como en la plataforma Mi Argentina.


A diferencia del esquema anterior, que no tenía límites temporales, el período máximo del préstamo es de 30 días corridos. Vencido el plazo de 30 días, la tenencia retorna automáticamente al tenedor original en el sistema.


En cuanto a las armas que se pueden prestar, no importa si las mismas tienen o no CUIM. Las únicas armas inhabilitadas son las que están con pedido de secuestro.

Por supuesto que para el transporte de armas, la autorización de tenencia digital en conjunto con el documento de identidad y la credencial de legítimo usuario digital continúan siendo los documentos que legitiman la tenencia y deben acompañar siempre al arma.



 
 
 

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